Residencia Fiscal en España

Artículo 8 del TR de la Ley del IRPF de 2004

Contribuyentes

Norma derogada. No es derecho vigente: se conserva porque rige ejercicios que las sentencias del corpus enjuician. RDLeg 3/2004, TR del IRPF, derogado por la Ley 35/2006.

Real Decreto Legislativo 3/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

Identificador del BOE:
BOE-A-2004-4347
Redacción vigente desde:
2004-03-11

Texto oficial en el BOE

Artículo 8, literal

Artículo 8. Contribuyentes.

Son contribuyentes por este impuesto:

a) Las personas físicas que tengan su residencia habitual en territorio español.

b) Las personas físicas que tuviesen su residencia habitual en el extranjero por alguna de las circunstancias previstas en los apartados 2 y 3 del artículo siguiente.

Reproducción literal del texto del BOE. La única versión con valor jurídico es la edición oficial.